VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ DECLARA LA EMERGENCIA FINANCIERA Y PIDE AYUDA A LA PROVINCIA PARA PAGAR SUELDOS Y AGUINALDOS

La administración municipal formalizó la solicitud de un «adelanto excepcional de coparticipación» tras registrar ingresos 20% inferiores a lo presupuestado.


 El Municipio de Villa Gobernador Gálvez ha declarado formalmente la emergencia financiera por un período de seis meses, a partir de la sanción de la ordenanza, ante la «imposibilidad de hacer frente a los gastos devengados más urgentes», incluyendo los sueldos de diciembre y el Segundo Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo).La medida se fundamenta en un desequilibrio fiscal severo provocado por la coyuntura económica general, según consta en los considerandos de la resolución aprobada en Sala de Comisión.El Desequilibrio de las CuentasLa crisis de las finanzas municipales se debe a una combinación de ingresos deficitarios y un aumento exponencial de los costos:Caída de Ingresos: Las proyecciones de ingresos por Coparticipación Nacional y Provincial, así como la Recaudación Municipal, se ubicaron muy por debajo de lo estimado. La recaudación local solo alcanzó el 51% de lo planificado, representando un 20% menos de los ingresos totales presupuestados.Inflación y Gastos: Mientras que las decisiones de gasto se tomaron con base en la proyección original, la evolución de precios en algunos rubros alcanzó aumentos de hasta el 100%. A esto se suma que la masa salarial se incrementó un 18% en el período, y la liquidación mensual de sueldos y aguinaldos actualmente consume cerca del 80% de la recaudación mensual.A pesar de la colaboración del Gobierno Provincial con Aportes No Reintegrables para proyectos específicos, estos fondos no pueden utilizarse para cubrir gastos corrientes, lo que agrava la situación.Solicitud de Adelanto ExcepcionalAnte la situación, el Concejo Deliberante autorizó al Intendente Municipal a realizar las gestiones pertinentes ante el Poder Ejecutivo Provincial para solicitar un anticipo económico en carácter de emergencia financiera.El Artículo 2º de la ordenanza autoriza específicamente:»Solicitar en el marco de la Ley N° 10.047 y su Decreto Reglamentario N° 4.096/87, un adelanto excepcional de la coparticipación de impuestos nacionales y provinciales para hacer frente a los sueldos de diciembre y aguinaldo, con informe posterior a este cuerpo.»El texto subraya que los recursos necesarios para cubrir sueldos y el 2do SAC exceden la doceava parte del total de la coparticipación anual, lo cual justifica la necesidad de este adelanto excepcional y la consecuente declaración de emergencia. La Intendencia queda facultada para firmar los acuerdos necesarios para concretar la asistencia, con la obligación de informar al Concejo una vez finalizada la gestión.

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